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Voto del personal en misiones en el exterior

El procedimiento de votación para el personal embarcado en buques de la armada, o que, por pertenecer a unidades militares terrestres o aéreas, se encuentre destacado fuera del territorio nacional y que participe o coopere, con las fuerzas de países aliados y organizaciones internacionales, en misiones de asistencia humanitaria o mantenimiento de la paz internacional es el voto por correo, el cual se tiene que solicitar entre el 4 de agosto y el 17 de septiembre, ambos incluidos, con las especificidades siguientes: 

  • El comandante del buque o el jefe de unidad remite la relación de personal que quiere ejercer el derecho de voto a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, la cual tramitará las solicitudes del certificado de inscripción al censo electoral y la documentación para ejercer el voto en las correspondientes delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral. 

Para cada solicitante se hará constar: 

  • Nombre y apellidos del solicitante.
  • Número de DNI.
  • Fecha de nacimiento, municipio y provincia de nacimiento.
  • Municipio de residencia en que esté incluido en el censo electoral. 
  • La delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, una vez comprobada la inscripción de la persona solicitante, considerará a todos los efectos como recibida la solicitud y remitirá la documentación, entre el 7 y el 20 de septiembre (ambos incluidos), a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, a fin de que, por el procedimiento más urgente posible, la haga llegar al destinatario/a. 
  • El elector/a procederá a ejercer su derecho a voto una vez haya recibido la documentación electoral. De los votos emitidos, se hará cargo el comandante del buque o el jefe de unidad, quien los custodiará y garantizará su seguridad, integridad y secreto, hasta que sean recogidos por la persona encargada de transportarlos a territorio nacional. 

La Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa hará llegar los votos recibidos a Correos, como más tarde el 23 de septiembre (ampliación de plazo: 24 de septiembre).