administració electoral
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Glosario electoral

  • Centros operativos

    Espacios físicos (o lógicos) donde se llevan a cabo todos los procesos externos del escrutinio de los resultados provisionales. Se divide en: centros de recogida de información (CRI), oficinas de control de incidencias (OCIO), centros de procesamiento de datos (CPD), centro de procesamiento backup (CPB) y centros de difusión de datos (CDD).

  • Certificación censal

    Documento emitido por la Administración electoral que constituye un medio de prueba por el cual un ciudadano/a puede ejercer el derecho al voto, aunque no esté censado en la mesa donde se dirige a ejercerlo. Modifica el censo de electores de la mesa.

  • Certificado de votación

    Impreso electoral que expide la mesa electoral a petición de cualquier elector/a con la finalidad de acreditar documentalmente que ha votado.

  • Circunscripción electoral

    Ámbito territorial que engloba el conjunto de electores a partir del voto de los cuales se distribuyen los escaños. En las elecciones europeas es de ámbito estatal; en las generales, de ámbito provincial; en las autonómicas, de ámbito provincial (excepto en las autonomías insulares, de ámbito insular, y en Asturias y Murcia, otra división interna) y en las elecciones municipales, de ámbito municipal. En las elecciones en el Consejo General de Arán la circunscripción es el terçó.

  • Coalición

    Formación política, habilitada para la presentación de candidaturas en unos comicios concretos, constituida por partidos políticos y/o federaciones de partidos.

  • Colegio electoral

    Lugar físico donde se ejerce el derecho de voto. Puede estar compuesto por una o varias mesas electorales.

  • Comisión de radio y televisión

    Órgano que bajo la dirección de la Junta Electoral Central elabora la propuesta de distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral.

  • Compatibilidad electoral

    Registro de los ingresos y de los gastos electorales que deben realizar todas las formaciones políticas que participen en el proceso electoral.

  • Consulados

    Oficinas del Estado español ubicadas en el extranjero que, con respecto a la materia electoral, llevan a cabo tareas dirigidas a la confirmación del censo de residentes ausentes (CERA). Es el lugar donde los electores residentes en el extranjero pueden depositar o enviar por correo el voto en las elecciones generales, europeas y autonómicas.

  • Convocatoria electoral

    Acción mediante la cual el órgano competente de la Administración correspondiente llama al cuerpo de electores a ejercer su voto en una fecha determinada, con un calendario para la presentación de candidaturas, proclamación, campaña electoral, etc.