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Voto presencial (voto en mesa)

La Oficina del Censo Electoral envía a todos los electores una tarjeta censal en la que figuran los datos actualizados de su inscripción en el censo electoral, la sección en la que está censado, la mesa donde le corresponde votar y la dirección del colegio electoral. 

No obstante, la consulta del colegio electoral también la puede hacer: 

  • Presencialmente:
  • En su ayuntamiento
  • En las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral 
  • Por teléfono:
  • Llamando al teléfono 901 101 900 de la Oficina del Censo Electoral 
  • Por Internet:

 

La votación se inicia a las 9.00 horas del día 21 de diciembre y continúa sin interrupción hasta las 20.00 horas del mismo día, aunque si en este momento queda algún elector/a dentro del local o en el acceso a éste se le permitirá votar. 

En caso de que se haya producido alguna interrupción, la hora de finalización se alargará tanto como haya durado la interrupción (pero no puede ser superior a una hora).

 

Se puede identificar, ante la mesa electoral, mediante: 

  • Documento nacional de identidad (DNI).
  • Pasaporte (con fotografía).
  • Permiso de conducir (con fotografía). 

No importa que estos documentos estén caducados, pero tienen que ser los originales; en ningún caso se aceptará una fotocopia.

No, en ningún caso y bajo ningún concepto. El voto es personal y no se puede ejercer por delegación. 

No obstante, los electores que no saben leer o que, por alguna discapacidad, se encuentran impedidos para elegir una papeleta o para colocarla dentro del sobre y entregarla al presidente/a de la mesa, pueden ir acompañadas de una persona de su confianza que les ayude en el proceso de votación, desde la elección de la papeleta hasta la entrega de ésta al presidente/a de la mesa.