Elecciones al Parlamento de Cataluña 2010

Voto presencial

El día 28 de noviembre puede ejercer el derecho de sufragio activo mediante el voto personal, previa identificación mediante el DNI, el pasaporte o el carné de conducir originales (no importa que estén caducados), ante el presidente o la presidenta de la mesa electoral que corresponda.

La Oficina del Censo Electoral envía a todos los electores una tarjeta censal donde figura la sección en la que está censado/a cada elector/a y la mesa donde le corresponde votar, con la dirección del colegio electoral. También puede consultar en su ayuntamiento, o directamente en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral, cuál es la mesa que corresponde a vuestro domicilio y dónde se encuentra.

Los colegios electorales abren a las nueve de la mañana y permanecen abiertos ininterrumpidamente hasta las ocho de la tarde.

Art. 86 de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.