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En el caso de enfermedad o incapacidad que impida que la persona se desplace personalmente a una oficina de Correos para hacer la solicitud de voto por correo, el procedimiento es el siguiente:
El plazo para pedir el voto por correo es del 31 de marzo al 14 de mayo de 2015.
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En caso de que se pueda recibir la documentación electoral por medio de otro buque, se tiene que indicar el armador, consignatario o buque donde tenga que ser enviada.
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El procedimiento de votación para el personal embarcado en buques de la armada o que, como miembro de unidades militares terrestres o aéreas, se encuentre destacado fuera del territorio nacional y que participe o coopere con las fuerzas de países aliados y organizaciones internacionales, en misiones de asistencia humanitaria o mantenimiento de la paz internacional, es el de voto por correo, el cual se tiene que solicitar entre el 31 de marzo y el 14 de mayo de 2015, ambos inclusive, con las especificidades siguientes:
El comandante del buque o el jefe de la unidad remite la relación de personal que desea ejercer su derecho de sufragio a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, la cual tramitará las solicitudes del certificado de inscripción en el censo electoral y la documentación para ejercer el derecho de sufragio a las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.
Para cada persona solicitante se debe hacer constar:
La delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, una vez comprobada la inscripción, considerará a todos los efectos como recibida la solicitud y remitirá la documentación a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa a fin de que, por el procedimiento más urgente posible, la haga llegar.
Podrán ejercer el derecho al voto una vez hayan recibido la documentación. De los votos emitidos, se hará cargo el comandante del buque o el jefe de la unidad, quien los custodiará y garantizará su seguridad, integridad y secreto, hasta que sean recogidos por la persona encargada de transportarlos a territorio nacional.
La Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa enviará los votos recibidos a Correos no más tarde del 20 de mayo de 2015.
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Los internos en centros penitenciarios que no estén privados del derecho de sufragio votan por correo.
El procedimiento que se debe seguir es el siguiente:
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