administració electoral
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Glosario electoral

  • Difusión de resultados provisionales

    Operación que tiene la finalidad de dar a conocer los resultados provisionales del escrutinio. Según el medio utilizado la difusión es audiovisual, por Internet, por SMS, etc.

  • Dispositivo electoral

    Conjunto de sistemas y equipamientos que llevan a cabo todas las tareas correspondientes a un proceso electoral y que es responsabilidad de la Administración convocante.

  • Distrito censal

    Agrupación geográfica de secciones censales. Es una unidad intermedia entre la sección y el municipio. Los diferentes niveles en el ámbito electoral son (de mayor a menor): circunscripción, municipio, distrito, sección y mesa.

  • Día de las votaciones

    Día en que los electores pueden ejercer su derecho de voto. El horario de votación es de 9 h a 20 h.

  • Elecciones

    Proceso por el cual se renuevan los componentes de una cámara o parlamento, por medio del voto de los electores. En sentido restringido, las elecciones es el día de las votaciones.

  • Elector/a

    Persona que ejerce el derecho de sufragio activo (voto). Pueden ser electores los españoles mayores de edad que no estén en ninguno de los supuestos previstos por la ley que impidan dicho ejercicio.

  • Elegible

    Persona que ejerce el derecho de sufragio pasivo. Pueden ser elegibles los españoles mayores de edad que, teniendo la calidad de electores, no incurran en ninguna de las causas de ineligibilidad previstes por la ley.

  • Escaño

    Unidad de composición del parlamento o cámara a que se refieren las elecciones. El objetivo de las elecciones es asignar los escaños (asientos) de la cámara a las diferentes candidaturas según el número de votos y una fórmula electoral de atribución de escaños.

  • Escrutinio general

    Acto de carácter público que llevan a cabo las juntas electorales competentes el tercer día siguiente al de la votación para proclamar los resultados definitivos oficiales. Se realiza a partir de los resultados provisionales, revisando las actas para detectar errores y corrigiéndolos, en caso de que los haya.

  • Escrutinio provisional

    Recuento de los votos que se efectúa en cada mesa electoral, a partir del momento de cierre de los colegios. El presidente da por acabada la votación y se procede a la apertura de las urnas y a la contabilización de los votos. Con el resultado final la mesa formaliza el acta, una copia de la cual se entrega a la persona representante nombrada por la Administración, que comunica los datos al centro de recogida de información.