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FUNCIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS 

En relación a las elecciones al Parlamento de Cataluña 2006, los ayuntamientos de los municipios de Cataluña asumirán, a lo largo del proceso electoral, las funciones siguientes:

  • Reservar los emplazamientos dispuestos para la colocación gratuita de propaganda electoral, así como los de los locales y de los lugares públicos previstos para actos de campaña electoral.
  • Colaborar con la Oficina del Censo Electoral.
  • Exponer el número y el límite de las secciones, así como de locales y de mesas que integran éstas últimas.
  • Proponer la formación de otras mesas y distribuir, entre dichas mesas, al electorado de la sección.
  • Exponer las listas del censo electoral.
  • Llevar a cabo, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona, el sorteo de los miembros de las mesas electorales.
  • Seleccionar a los coordinadores de colegio y a los representantes de la Administración que, el día de las elecciones, comunicarán al Centro de Recogida de Información (CRI) los datos desde las mesas.
  • Poner a disposición de las juntas electorales provinciales y de zona los medios personales y materiales necesarios para el ejercicio de sus funciones.

 

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