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El DOGC publicará el próximo viernes, 6 de octubre, las candidaturas definitivas que concurrirán a los comicios autonómicos

Hasta el momento, la suma de las candidaturas presentadas en las cuatro demarcaciones es de 75

El calendario electoral marca el próximo viernes 6 de octubre como el día en el que se darán a conocer las candidaturas proclamadas, es decir, aquellas que finalmente concurrirán a las elecciones al Parlamento de Cataluña. El mecanismo será el mismo que el empleado con las candidaturas presentadas: la publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC).

El Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) publicará el viernes, 6 de octubre, las candidaturas proclamadas que concurrirán a las elecciones, tal y como lo hicieron las 62 registradas el año 2003. Es necesario recordar que el sábado, 30 de septiembre, también el DOGC dio a conocer las candidaturas presentadas, esperando al período para detectar y corregir las posibles irregularidades. En este primer escalón, se presentaron ante las juntas electorales provinciales un total de 75 candidaturas, sumando las cuatro circunscripciones. El mayor número de candidaturas se registró en Barcelona (con 20), seguida de Girona y Tarragona (con 19), y finalmente, Lleida (con 17). En todas las demarcaciones el número de candidaturas fue superior a las registradas en las dos últimas elecciones autonómicas celebradas el 2003 y el 1999.

De esta manera, el próximo viernes quedarán constituidas las candidaturas oficiales sin posibilidad de cambios, exceptuando algunos casos concretos. Por ejemplo, las candidaturas excluidas, tendrán un plazo para presentar los recursos que consideren necesarios contra esta decisión. Además, la legislación señala que, una vez presentada la candidatura, ésta únicamente se podrá modificar cuando se trate de una defunción, renuncia del titular o como consecuencia del trámite de subsanación de irregularidades. Las bajas que se produzcan después de la proclamación se entenderán cubiertas por los candidatos sucesivos y, si es necesario, por los suplentes, que como máximo pueden ser diez. No obstante, sí puede darse el caso de que una candidatura se retire por diferentes motivos. En este supuesto, el representante general ha de presentar ante la Administración electoral un escrito en papel común antes de las elecciones.

 

 

Miércoles, 4 de octubre de 2006

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