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El próximo lunes, 23 de octubre, concluye el plazo para solicitar el voto por correo para las elecciones al Parlamento de Cataluña

La opción de pedir el voto por correo para los electores que deseen ejercer su derecho a voto en las próximas elecciones al Parlamento de Cataluña se alargará un día más allá de la fecha inicialmente prevista. De esta manera, únicamente queda el próximo fin de semana y el mismo lunes, 23 de octubre, para poder optar a esta vía aquellos que no puedan o no deseen votar presencialmente. Ayer el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña hacía pública la modificación del decreto que regula las normas complementarias para la realización de las elecciones al Parlamento, tal y como aprobó el pasado martes el Gobierno de la Generalidad. También el martes, 17 de octubre, el Boletín Oficial del Estado publicaba esta ampliación aprobada por la Junta Electoral Central, fruto de la petición de Correos, motivada porque el día fijado inicialmente para la finalización del plazo es festivo.

El plazo para solicitar el voto por correo se alargará un día, según publicó el Boletín Oficial del Estado este martes, 17 de octubre, después de que la Junta Electoral Central diera el visto bueno a esta petición de Correos y de que, con anterioridad, hubiese recibido los informes favorables del Gobierno de la Generalidad y de la Oficina del Censo Electoral. Por este motivo, el Gobierno de la Generalidad acordó también el martes la modificación del decreto que regula las normas complementarias para la realización de las elecciones, y que ayer recogía el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña. El hecho de que el domingo 22 de octubre -día fijado inicialmente para la finalización del plazo para solicitar el voto por correo-  fuera festivo y de que, por tanto, las oficinas de Correos estuvieran cerradas, motivó la petición de alargar un día este requisito legal para poder ejercer el derecho a voto de forma no presencial. El plazo para solicitar el voto comenzó el pasado 8 de septiembre y durará hasta el lunes 23 de octubre, con el objetivo de facilitar este trámite a los electores.

Una vez solicitado el voto, la delegación correspondiente de la Oficina del Censo Electoral enviará a los electores la documentación necesaria para votar por correo: las papeletas, el sobre de votación y un sobre dirigido al presidente de la mesa en la que les corresponda votar, además de la hoja explicativa del procedimiento que han de seguir. Comienza entonces el plazo para emitir el voto por parte de los electores residentes en Cataluña, que acabará el próximo 28 de octubre. Hasta tres días más tarde, el 31 de octubre, jornada conocida como el “día de reflexión”, los electores residentes en el extranjero podrán emitir todavía su voto por correo certificado. Este colectivo también tiene el derecho de optar a la entrega personal de su voto en el consulado correspondiente, hasta el próximo 25 de octubre.

 

 

Viernes, 20 de octubre de 2006

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