La campaña electoral dura 15 días.
Empieza a las cero horas del día 5 de diciembre y finaliza a las cero horas del día 20 de diciembre.
Los ayuntamientos tienen que reservar locales oficiales y lugares públicos de uso gratuito para la celebración de actos de campaña electoral.
A estos efectos, los ayuntamientos lo tienen que comunicar, entre el 29 de octubre y 4 de noviembre, a la junta electoral de zona correspondiente, y esta a la junta electoral provincial.
Esta relación tiene que contener la especificación de los días y las horas en que cada uno esté disponible y se tiene que publicar en el Boletín Oficial de la Provincia no más tarde del 12 de noviembre.
No. A partir de la publicación de la relación en el Boletín Oficial de la Provincia, los representantes de las candidaturas pueden solicitar ante las juntas electorales de zona la utilización de los locales y los lugares para los actos electorales.
El 28 de noviembre las juntas electorales de zona distribuirán los locales y los lugares de acuerdo con los criterios del artículo 57.4 de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.
Queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación entre el día 16 y 20 de diciembre.