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GLOSARIO DE TÉRMINOS ELECTORALES

CABINA Elemento electoral que debe colocarse en el recinto donde se ubique la mesa electoral y al que pueden acceder los electores para preparar la documentación de voto preservando, de este modo, el derecho al secreto de voto.

CAMPAÑA ELECTORAL Período de tiempo previo al día de la votación, cuya duración se fija en la convocatoria de los comicios y permite a las candidaturas pedir el voto del electorado mediante actos públicos y medios de comunicación. La normativa general electoral establece que ésta tiene una duración de 15 días.

CAMPAÑA INSTITUCIONAL Campaña destinada a informar a los ciudadanos sobre la fecha de votación, los procedimientos para votar y los requisitos y trámites del voto por correo, sin influir en la orientación de voto.

CANDIDATO/A Componente de una lista electoral una vez haya sido ésta última proclamada por la junta electoral competente. Dependiendo del tipo de proceso electoral, pueden ser candidatos a diputados y a senadores del Congreso y del Senado, respectivamente; a diputados de los parlamentos autónomos o del Parlamento Europeo; y candidatos a regidores de los consistorios municipales.

CANDIDATO/A ELECTO/A Candidato que ha obtenido un escaño para una circunscripción determinada.

CANDIDATURA Conjunto de candidatos que, constituyendo una lista, se presenta en una circunscripción electoral por un partido político, coalición de partidos o agrupación de electores, de acuerdo con los criterios y requisitos fijados por la ley.

CENSO ELECTORAL Conjunto de individuos que reúnen los requisitos para ser electores y que no están privados del derecho de sufragio. Se compone de los electores residentes en España y de los electores residentes y ausentes que viven en el extranjero (CERA). El censo electoral es único para todo tipo de elecciones.

CENSO ESCRUTADO Es la suma de electores que corresponde a las mesas escrutadas hasta un momento determinado. Se expresa, por norma general, como porcentaje sobre el total del censo. Por ejemplo, si a las 21 horas hemos conseguido escrutar un porcentaje de mesas determinado, del mismo modo, tendremos un porcentaje escrutado del censo que le corresponde.

CENSO DE RESIDENTES AUSENTES (CERA) Son las personas que residen en el extranjero y que ejercen su voto en la oficina consular o por correo certificado. Existe un censo CERA en cada circunscripción electoral, pero no se computan sus votos en el escrutinio de resultados provisionales.

CENSO INICIAL/FINAL El censo electoral inicial es el que proporciona la Oficina del Censo Electoral del INE y es el vigente en el momento de la constitución de las mesas. Con el objetivo de proporcionar el censo final (definitivo), se puede modificar durante el día con las certificaciones censales o por decisión del presidente de la mesa o autoridad judicial.

CENTRO DE DIFUSIÓN DE DATOS (CDD) Lugar donde se efectúa la difusión pública de los resultados electorales provisionales mediante informes en papel y programas de difusión audiovisual (TV).

CENTRO PARA PROCESAR BACKUP (CPB) Subsidiario del Centro para Procesar Datos, ubicado en un edificio independiente para poder continuar con el escrutinio de los resultados en caso de evacuación del edificio principal.

CENTRO PARA PROCESAR DATOS (CPD) Lugar donde se ubican los equipamientos informáticos y programas de cálculo para realizar la operación de agregación de las mesas, cómputo de votos y, en general, cualquier operación o proceso informático para el escrutinio de los resultados provisionales.

CENTRO DE RECOGIDA DE INFORMACIÓN (CRI) Lugar físico donde los representantes de la Administración y los coordinadores de colegios electorales comunican los datos de la jornada electoral: constitución de mesas, los avances de participación y los resultados del escrutinio provisional mesa por mesa (acta por acta). En el CRI, existen teléfonos para la recepción de datos, equipos para la recepción de datos de PDA/ /Smart Phone, equipos de grabación y equipos de incidencias.

CENTROS OPERATIVOS Lugares físicos (o lógicos) donde se llevan a cabo todos los procesos externos del escrutinio de los resultados provisionales. Se divide en: Centros de Recogida de Información (CRI), Oficinas de Control de Incidencias (OCI), Centros de Proceso de Datos (CPD), Centro de Proceso de Backup (CPB) y Centros de Difusión de Datos (CDD).

CERTIFICACIÓN CENSAL Documento emitido por la Administración electoral que constituye un medio de prueba mediante el cual un ciudadano puede ejercer el derecho a voto, a pesar de que no esté censado en la mesa donde vaya a ejercerlo. Modifica el censo de electores de la mesa.

CERTIFICADO DE VOTACIÓN Impreso electoral, cuya expedición puede solicitar cualquier elector con la finalidad de acreditar, mediante documentación, el ejercicio del voto ante la mesa correspondiente.

CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL Conjunto de electores, agrupados con base territorial, a partir de cuyo voto se procede a la distribución de escaños. En las elecciones europeas, es de ámbito nacional; en las generales, de ámbito provincial; en las autonómicas, de ámbito provincial (con excepción de las autonomías insulares, de ámbito isla, y en Asturias y Murcia, otra división interna), y en las elecciones municipales, de ámbito municipal.

COALICIÓN Formación política concreta, habilitada para la presentación de candidaturas, constituida por partidos políticos y/o federaciones de partidos.

COLEGIO ELECTORAL Lugar físico donde se ejerce el derecho de voto. Puede estar compuesto por una o varias mesas electorales.

COMISIÓN DE RADIO Y TELEVISIÓN Es el órgano que, bajo la dirección de la Junta Electoral Central, efectúa la propuesta de distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral.

CONSULADOS Oficinas del Estado español ubicadas en el extranjero que, en lo relativo a materia electoral, desarrollan tareas dirigidas a la confirmación del CERA. Es el lugar donde los electores residentes en el extranjero pueden depositar el voto en las elecciones generales, europeas y autonómicas.

CONTABILIDAD ELECTORAL Registro de los ingresos y de los gastos electorales que deben realizar todas las formaciones políticas que participen en el proceso electoral.

CONVOCATORIA ELECTORAL Acción mediante la cual la Administración competente llama al cuerpo de electores a ejercer su voto en una fecha determinada, con un calendario para la presentación de candidaturas, proclamación, campaña electoral, etc.

COORDINADOR/A DE COLEGIO ELECTORAL Es la persona que la Administración convocante nombra para que, el día de las votaciones, comunique, mediante un aparato electrónico al Centro de Recogida de Información (CRI), los datos pertinentes (censo, participación, votos, etc.) en todas las fases del día: apertura y avances o escrutinio del colegio electoral asignado.

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