También se ha publicado el decreto que dicta las normas complementarias que regirán el proceso de las elecciones al Parlament de Catalunya 2017
El 28 de octubre del 2017, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica el Real Decreto 946/2017, de convocatoria de elecciones al Parlament de Catalunya y su disolución. El texto fija el día 21 de diciembre como la fecha de celebración de los nuevos comicios y establece que en la circunscripción electoral de Barcelona se escogerán 85 diputados; en Gerona, se escogerán 17; en Lérida, 15; y en Tarragona, 18. La campaña empezará a las 0:00 horas del día 5 de diciembre del 2017 y acabará a las 24:00 del 19 de diciembre del 2017.
El 3 de noviembre del 2017, el BOE publica el Real Decreto 953/2017, que dicta las normas complementarias que tienen que regir el proceso de las elecciones al Parlament de Catalunya 2017. Entre otras cosas, este Real Decreto establece la composición de las juntas electorales provinciales y de las mesas y secciones electorales; especifica que el censo que se utilizará en las elecciones es el que se haya cerrado el día 1 de agosto del 2017; determina los plazos de designación de los representantes de las formaciones políticas, y de presentación y proclamación de los candidatos que quieran contribuir a estos comicios.
Con respecto a la campaña electoral, se indica que la Generalitat de Catalunya será la encargada de llevar a cabo la campaña institucional y que cinco días antes del 21 de diciembre no se podrá difundir ninguna encuesta ni sondeo de opinión, ni de simulación de voto. Durante la campaña, los medios de comunicación públicos tendrán que ceder espacios gratuitos a los grupos políticos, de acuerdo con los votos obtenidos por cada partido en las últimas elecciones al Parlament. Los ayuntamientos tendrán que ceder localizaciones gratuitas para poder colgar carteles, pancartas y banderolas, y también espacios para la realización gratuita de actos de campaña.
Permiso de 4 horas a los trabajadores y trabajadoras para poder ejercer su derecho al voto
El texto indica los plazos de los votos por correspondencia y el procedimiento que tienen que seguir las personas con discapacidad visual; explica el funcionamiento del escrutinio en las mesas electorales y también prevé que el día de las elecciones se concederá a los trabajadores y trabajadoras un permiso de 4 horas dentro de la jornada laboral, que será retribuido y no recuperable, para poder ejercer su derecho al voto.
Finalmente, el Real Decreto fija las indemnizaciones de los miembros de las juntas electorales provinciales, de los secretarios de ayuntamiento, de los miembros de las mesas electorales, de los miembros del cuerpo de Mossos d'Esquadra y de los representantes de la Administración; de la misma manera que regula los gastos de los ayuntamientos y las juntas electorales, a través del Sistema de Gestión Electrónica (SGE), implantado por el Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda.
El Real Decreto de normas complementarias para la realización de las elecciones en el Parlament de Catalunya 2017 contiene 13 capítulos, 32 artículos, 2 disposiciones adicionales y 2 finales.