En relación con las elecciones que tendrán lugar el 27 de mayo de 2007, los ayuntamientos de los municipios de Cataluña asumirán a lo largo del proceso electoral las funciones siguientes:
- Reservar los emplazamientos para la colocación gratuita de propaganda electoral, así como los locales y los lugares públicos para actos de campaña electoral.
- Colaborar con la Oficina del Censo Electoral.
- Exponer el número y límite de secciones, los locales y las mesas que las integran.
- Proponer la formación de otras mesas y distribuir entre estas mesas al electorado de la sección.
- Exponer las listas del censo electoral.
- Llevar a cabo, bajo la supervisión de las juntas electorales de zona, el sorteo de los miembros de las mesas electorales.
- Seleccionar a los representantes de la Administración que el día de las elecciones comunicarán al Centro de Recogida de Información (CRI) los datos desde las mesas.
- Poner a disposición de las juntas electorales provinciales y de zona los medios personales y materiales necesarios para el ejercicio de sus funciones.
- Facilitar a las mesas electorales la documentación necesaria para la realización de las elecciones: papeletas, sobres, modelos, etc.