012 Teléfono de atención al elector
El representante de la Administración deberá presentarse antes de las 8 horas del día 27 de mayo en el colegio electoral al que pertenece/n la/s mesa/s que le haya/n sido asignada/s.
CONSTITUCIÓN DE LAS MESAS ELECTORALES
El REPRESENTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN deberá informar de la apertura de la/s mesa/s al Centro de Recogida de Información (CRI) a través del TELÉFONO DE TRANSMISIÓN DE DATOS impreso en su hoja de transmisión de datos, una línea 900 de llamada gratuita.
La hora máxima de apertura de las mesas es a las 9:45. Si a esta hora alguna mesa no se hubiera abierto, el REPRESENTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN deberá informar al Centro de Recogida de Información (CRI) al teléfono de incidencias y explicar la causa de la no apertura. Posteriormente, deberá esperar hasta que se abra y comunicar la apertura.
ENVÍO DE INFORMACIÓN AL CENTRO DE RECOGIDA DE INFORMACIÓN (CRI) A LAS 13H Y A LAS 18H
El REPRESENTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN deberá presentar-se de nuevo ante la/s mesa/s asignada/s, a las 13 horas y a las 18 horas, para comprobar el número de electores que hasta aquel momento han votado, y comunicar telefónicamente este dato al Centro de Recogida de Información (CRI) al TELÉFONO DE TRANSMISIÓN DE DATOS impreso en su hoja de transmisión de datos.
ESCRUTINIO
Finalizada la votación, el REPRESENTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN deberá presentarse de nuevo ante la/s mesa/s asignada/s, recogerá los datos de escrutinio y una copia del acta de escrutinio de cada una de las mesas a su cargo y comunicará telefónicamente los datos del escrutinio al Centro de Recogida de Información (CRI), al TELÉFONO DE TRANSMISIÓN DE DATOS impreso en su hoja de transmisión de datos. Inmediatamente después, deberá trasladarse al ayuntamiento del municipio y entregar al SECRETARIO/A DEL AYUNTAMIENTO una copia del acta de escrutinio de cada una de las mesas asignadas. Los boletines de transmisión de datos permanecerán en manos de los representantes de la Administración, que tendrán la obligación de mantener su teléfono móvil operativo y estar localizables hasta las 24 horas para atender cualquier aclaración del Centro de Recogida de Información (CRI) en caso de incidencia. El incumplimiento de este requisito comportará el no abono de la gratificación.