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Voto de los electores enfermos o discapacitados

Los locales electorales tienen que ser accesibles para que las personas con limitaciones de movilidad puedan acceder a ellos sin ningún impedimento. 

En el caso de enfermedad o incapacidad que impida que la persona se desplace personalmente a una oficina de Correos para pedir el impreso de solicitud de inscripción al censo electoral, el procedimiento es el siguiente: 

  • La enfermedad debe estar acreditada mediante un certificado médico oficial y gratuito. 
  • La solicitud puede efectuarla en nombre del elector/a otra persona, autorizada notarialmente o consularmente mediante un documento que se extenderá de manera individual para el elector/a. 

El desplazamiento del notario/a al domicilio de los electores enfermos o discapacitados, para que les otorgue el poder notarial, es gratuito (teléfono del Colegio de Notarios de Cataluña: 93 317 48 00). 

A continuación, se sigue el mismo procedimiento previsto para el voto por correo, si bien las actuaciones de Correos se harán con el apoderado o apoderada de la persona enferma o discapacitada. 

El plazo para pedir el voto por correo es el comprendido entre el 28 de octubre y el 11 de diciembre. 

Una vez que la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral reciba la solicitud y compruebe la inscripción censal de la persona solicitante, tramitará, como más tarde el 14 de diciembre y por correo certificado a la dirección indicada por el elector/a, la documentación necesaria para votar. 

Una vez que el elector/a escoja la papeleta de voto, la introduzca en el sobre de votación y lo cierre, introducirá este sobre, junto con el certificado de inscripción en el censo electoral, en el sobre que se le envió con la dirección de la mesa electoral que le corresponde, y lo enviará por correo certificado hasta al 17 de diciembre. Ampliación de plazo: dado que el 17 de diciembre es domingo, el plazo se amplía hasta el lunes, 18 de diciembre, en los horarios habituales de apertura de las oficinas de correos y, como máximo, hasta las 14.00 horas. Nueva ampliación de plazo: el plazo se amplia hasta el 19 de diciembre, en los horarios habituales da apertura de las oficinas de correos y, como máximo, hasta las 14.00 horas.