Campaña electoral

La campaña electoral dura 15 días: comienza a las 0.00 h horas del día 29 de enero y finaliza a las 0.00 h horas del día 13 de febrero.

Desde la convocatoria electoral, el 22 de diciembre, hasta el inicio legal de la campaña, el 29 de enero, las formaciones políticas tienen prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral con carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales.

Actos y publicidad electoral exterior

Los Ayuntamientos deben reservar locales oficiales y lugares públicos de uso gratuito para la celebración de actos de campaña electoral, así como lugares especiales gratuitos para la colocación de carteles, pancartas o banderolas (carteles en postes o farolas) para el uso de las candidaturas.

El Ayuntamiento distribuye estos espacios en función del número total de votos que obtuvieron las formaciones políticas en las últimas elecciones al Parlamento de Cataluña de 21 de diciembre de 2017.

Aparte de estos espacios gratuitos, las candidaturas sólo pueden colocar carteles y otras formas de propaganda electoral en los espacios comerciales autorizados.

Este gasto no puede superar el 20% de límite de gasto previsto en el artículo 1.2 del Decreto / 2020, de xx de diciembre, por el que se regulan las subvenciones y el control de la contabilidad electoral en las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2021.

Publicidad en los medios de comunicación

Durante la campaña electoral, las candidaturas tienen derecho a espacios gratuitos de propaganda en las emisoras de televisión y de radio de titularidad pública. La distribución de espacios gratuitos para propaganda electoral se hace de acuerdo con el número de votos que obtuvo cada candidatura en las anteriores elecciones al Parlamento de Cataluña de 21 de diciembre de 2017.

También pueden anunciarse en prensa o radio de titularidad privada, pero no pueden contratarse espacios de publicidad electoral en los medios de comunicación de titularidad pública ni en las emisoras de televisión privada.

Este gasto no puede superar el 20% de límite de gasto previsto en el artículo 1.2 del Decreto / 2020, de xx de diciembre, por el que se regulan las subvenciones y el control de la contabilidad electoral en las elecciones al Parlamento de Cataluña de 2021.

Sondeos electorales

Queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación entre el día 9 y 13 de febrero.

 

Fecha de actualización:  19.10.2020