Glosario electoral

  • Abstención

    Conjunto de electores que no ejercen su derecho al voto en unas elecciones. Se puede expresar en valores absolutos o en porcentajes. La suma de los valores absolutos de la abstención y la participación suman el censo electoral. La suma de sus porcentajes es, obviamente, 100 ya que son conceptos complementarios.

  • Acta de escrutinio

    Documento oficial donde quedan reflejados todos los datos del escrutinio de una mesa electoral: censo, certificaciones censales, votos nulos, votos en blanco, votos para cada candidatura, etc. Debe ser firmada por todos los componentes de la mesa (presidente, vocales e interventores).

  • Administración convocante

    Administración pública que convoca y organiza un proceso electoral. La Generalidad de Cataluña, en el caso de elecciones al Parlamento de Cataluña y al Consejo General de Arán, y el Gobierno del Estado, en el caso de elecciones municipales, a las Cortes Generales y al Parlamento Europeo.

  • Administración electoral

    Tiene la finalidad de garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral, y el principio de igualdad. La integran la Junta Electoral Central, las juntas electorales de las comunidades autònomes, en su caso, las juntas electorales provinciales, las juntas electorales de zona y las mesas electorales.

  • Apoderado/a

    Persona nombrada por el representante de una candidatura para que la represente en determinados actos y operaciones electorales. Especialmente, ejerce una función de control en los actos de votación y de escrutinio. No forma parte de la mesa y debe votar en la que esté censado. Puede visitar cualquier mesa.