Es la persona asignada por el representante de una candidatura para:
Asistir la mesa y participar en sus deliberaciones, con voz pero sin voto.
Formular reclamaciones y protestas y pedir certificaciones ante la mesa.
Ejercen su función sólo en la mesa en la que están acreditados. Votan en la mesa en la que están acreditados, aunque no estén incluidos en el censo electoral de esta mesa.