Elecciones al Parlamento de Cataluña 2012

Voto de las personas residentes ausentes en el extranjero

¿Qué se necesita para votar si se vive o se trabaja en el extranjero?

Si usted vive o trabaja en el extranjero puede votar desde allí. Para poder hacerlo, es necesario que usted esté inscrito en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (CERA) y adscrito a algún municipio de Cataluña.

¿Cómo se puede votar desde el extranjero?

Si está inscrito en el Censo de Electores Ausentes en el Extranjero (CERA), debe formular la solicitud de voto, dirigida a la Delegación Provincial correspondiente de la Oficina del Censo Electoral, mediante los impresos oficiales 6.3 y 45.3 que le enviará la Oficina del Censo Electoral y que también se podrán obtener en las dependencias consulares y por vía telemática aquí. Debe formalizar esta solicitud, por correo postal o fax, no más tarde del vigésimo quinto día posterior a la convocatoria del proceso electoral (en las elecciones al Parlamento de Cataluña del 25 de noviembre de 2012: del 2 al 27 de octubre) y le debe acompañar de una fotocopia del pasaporte o del documento Nacional de Identidad, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, una certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidas por el consulado español en el país de referencia.

Una vez recibida la solicitud, la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral le enviará por correo (en las elecciones al Parlamento de Cataluña del 25 de noviembre de 2012: entre el 30 de octubre y el 5 de noviembre o hasta el 13 de noviembre en caso de haber impugnación de candidatos), a su dirección de inscripción, la documentación necesaria para poder votar:

  • Papeletas y sobre de votación
  • 2 certificados de inscripción en el CERA
  • 1 sobre dirigido a la junta electoral provincial competente
  • 1 sobre con la dirección del consulado

Una vez recibida esta documentación, puede optar por:

  • Ejercer el derecho de voto por correo de la siguiente manera:
    1. Escoger la papeleta de voto, introducirla en el sobre de votación y cerrarlo.
    2. Introducir el sobre de votación, junto con uno de los ejemplares del certificado de estar inscrito en el censo y con una fotocopia del pasaporte o del DNI expedidos por las autoridades españolas (o, en su defecto, la certificación de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de matrícula consular expedidas por el consulado español en el país de residencia) en el sobre dirigido a la junta electoral provincial.
    3. Introducir el sobre dirigido a la junta electoral provincial (cerrado y con todo el contenido citado en el punto anterior) en el sobre dirigido al consulado (oficina consular de carrera o sección consular de la misión diplomática).
    4. Enviar este sobre en la oficina consular de carrera o sección consular de la misión diplomática donde esté adscrito, por correo certificado, no más tarde del 20 noviembre.
  • Ejercer el derecho de voto depositando el voto en urna entre el 21 y el 23 de noviembre (ambos inclusive) de la siguiente manera:
    1. Escoger la papeleta de voto, introducirla en el sobre de votación y cerrarlo.
    2. Introducir el sobre de votación junto con uno de los ejemplares del certificado de estar inscrito en el censo y con una fotocopia del pasaporte o del DNI expedidos por las autoridades españolas (o, en su defecto, la certificación de nacionalidad o certificación de inscripción en el Registro de matrícula consular expedidas por el consulado español en el país de residencia) en el sobre dirigido a la junta electoral provincial.
    3. Entregar personalmente este sobre en la oficina o sección consular donde esté inscrito, previa acreditación de su identidad ante el funcionario consular, mediante el pasaporte, el DNI o la certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular, expedidas por el consulado español en el país de residencia, y previa exhibición y entrega del otro certificado de inscripción en el CERA.
    4. Depositar el sobre dirigido a la junta electoral provincial una vez que el funcionario consular estampe el sello de la oficina consular en el sobre haciendo constar la fecha de depósito.

¿Puedo consultar si estoy inscrito/a en el CERA y modificar los datos que aparecen?

Sí. Las listas electorales vigentes se expondrán en los consulados en las elecciones al Parlamento de Cataluña del 25 de noviembre de 2012 entre los días 8 y 15 de octubre. El CERA se expone al público durante el proceso electoral para validar la información y poder realizar las correcciones en su caso.

Esta consulta es conveniente no sólo hacerla para comprobar si figuráis inscritos, sino también para verificar que sus datos son correctos y, en caso de que no lo sean, solicitar su modificación entre los días 8 y 15 de octubre.

En estas elecciones al Parlamento de Cataluña se recomienda especialmente la consulta del CERA a los siguientes colectivos:

  • Personas que se han trasladado recientemente al extranjero o han cambiado de domicilio.
  • Personas que han cumplido 18 años recientemente.