Sí, la Generalitat de Cataluña dictará la normativa que proceda para que los electores que presten servicios el día de las elecciones puedan disponer, dentro del horario laboral, de hasta cuatro horas para el ejercicio del derecho de sufragio, las cuales serán retribuidas. Cuando el trabajo sea en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.
Sí, puede votar por correo de acuerdo con el siguiente procedimiento: