Elecciones al Parlamento de Cataluña 2012

Voto accesible para personas con discapacidad visual

¿Cuál es el procedimiento de votación para las personas que tienen alguna discapacidad visual?

La legislación prevé, para los electores/as invidentes, el sistema de votación asistida al establecer que los electores que por defecto físico estén impedidos para elegir papeleta o colocarla dentro del sobre, pueden ayudarse de una persona en quien tengan confianza para hacer estas operaciones.

Sin embargo, hay un procedimiento de voto accesible para estas personas.

¿Quién puede utilizar este procedimiento de voto accesible?

Las personas con discapacidad visual que conozcan el sistema de lectoescritura Braille y que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33% o estén afiliados a la ONCE.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud del voto accesible ha finalizado el día 29 de octubre. Para cualquier consulta, se pueden dirigir al teléfono gratuito 900 100 186 o bien al buzón de correo electrónico eleccions.governacio@gencat.cat

¿En qué consiste?

El procedimiento de voto accesible consiste en la utilización de papeletas y sobres de votación normalizados a los que acompaña una documentación complementaria en Braille que permite la identificación de la opción de voto con garantías de autonomía y, por tanto, el secreto de sufragio.

¿Cómo se utiliza?

El  elector/a que haya comunicado su intención de utilizar el procedimiento de voto accesible irá el día de la votación en la mesa electoral en la que le corresponda votar.

El presidente de la mesa electoral o, en su caso, alguno de los vocales, entregará a la persona electora con discapacidad visual que haya comunicado su intención de utilizar el procedimiento de votación accesible la documentación que integra este procedimiento.

Previamente se comprobará, mediante la exhibición del DNI, la inclusión de esta persona en la lista de personas que han comunicado la intención de utilizar este procedimiento, esta lista la tiene la mesa electoral.

En la documentación entregada a la persona electora se encontrarán unas instrucciones explicativas sobre la utilización de la misma, impresas en sistema Braille.

Igualmente, el presidente de la mesa o, en su caso, alguno de los vocales le indicará y facilitará el acceso al espacio del colegio electoral habilitado para todo el electorado.

Una vez seleccionada su opción de voto, se sigue el mismo procedimiento de votación descrito para la totalidad de electores.

Además del procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio, estas personas pueden seguir haciendo uso de la posibilidad de asistencia de una persona de confianza para poder ejercer su derecho a voto