Elecciones al Parlamento de Cataluña 2012

Voto de las personas internas en centros penitenciarios

¿Cómo votan las personas internas en centros penitenciarios?

Los internos en centros penitenciarios que no estén privados del derecho de sufragio, votan por correo.

En todos los centros se expondrán, ante la población interna, las normas electorales que regulan el voto por correo y se organizarán sesiones informativas.

El director de cada centro penitenciario, o la persona en quien delegue, debe solicitar a Correos que un funcionario de este servicio se desplace en una fecha determinada al Centro con los impresos de solicitud de inscripción necesarios que deben cumplimentar los internos que quieran ejercer su derecho de voto.

Si alguno de los reclusos no tuviera DNI, bastará con el Documento de Identidad Interior que tienen todos los internos siempre y cuando aparezca la fotografía.

La Oficina del Censo Electoral remitirá al centro penitenciario las papeletas y los sobres electorales, que el servicio de Correos entregará personalmente al elector a partir del trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria y antes del sexto día anterior a la votación. Del 5 de noviembre al 18 de noviembre.

El elector debe elegir la papeleta correspondiente, introducirla en el sobre, y éste, en otro sobre dirigido a la mesa electoral que corresponda antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones. Hasta el 21 de noviembre.

El servicio de Correos hará llegar estos sobres a las correspondientes mesas electorales de votación.