A las 9.00 horas se inicia la votación y el presidente lo anuncia con las palabras "empieza la votación", y continúa sin interrupción hasta las 20.00 horas. En caso de que haya habido alguna interrupción, se alargará la hora de finalización tanto como haya durado la interrupción (no puede ser superior a una hora).
La Oficina del Censo Electoral envía a todos los electores una tarjeta censal donde figura la sección en la que está censado cada elector y la mesa donde le corresponde votar, con la dirección del colegio electoral.
También puede consultar en su ayuntamiento o directamente en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, cuál es la mesa que corresponde a su domicilio y dónde se encuentra.
Asimismo, se puede hacer la consulta por Internet mediante la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es).
No, en ningún caso y bajo ningún concepto. El voto es personal y no se puede ejercer por delegación. No obstante, los electores que no saben leer o que, por algún defecto físico, se encuentran impedidos para elegir una papeleta o para colocarla dentro del sobre y entregarla al presidente de la mesa, pueden servirse se, para estas operaciones, de una persona de su confianza que las acompañe.
Sí, la Generalitat de Cataluña dictará la normativa que proceda para que los electores que presten servicios el día de las elecciones puedan disponer, dentro del horario laboral, de hasta cuatro horas para el ejercicio del derecho de sufragio, las cuales serán retribuidas. Cuando el trabajo sea en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.