Las personas designadas como miembros de una Mesa electoral, ya sea en calidad de titulares o suplentes, y que tengan una causa justificada pueden presentar alegaciones a su designación.
Desde la fecha de la notificación, los miembros de Mesa disponen de un plazo de 7 días naturales para presentar estas alegaciones ante la Junta Electoral de Zona (JEZ) que le corresponda.
Las causas legales que impiden la aceptación del cargo de Vocal o Presidente de una Mesa electoral (titular o suplente) son las siguientes:
- Tener más de 65 años
- Ser candidato a las elecciones
- Tener la condición de inelegible según la ley electoral
Además, las personas designadas pueden alegar otras causas, justificadas documentalmente, que la JEZ valorará antes de resolver las alegaciones.
La JEZ debe resolver las alegaciones en el plazo de cinco días y comunicarlo a la persona interesada.
Una vez resueltas las alegaciones por la JEZ, o bien desestimará el motivo alegado y notificará definitivamente el nombramiento a la persona designada o bien admitirá la alegación, se excusará la persona del cargo, se le notificará y se designará otro miembro de Mesa, a quien se emitirá la notificación correspondiente. Contra la decisión de la JEZ no se puede recorrer en vía administrativa electoral.
Si la persona designada no puede presentarse a las 08.00 horas del día 28 de mayo, por causa justificada, debe avisar lo antes posible a la JEZ correspondiente. Si no hay causa justificada, el hecho de no acudir a la Mesa es un delito sancionado con pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses.
Alegaciones por vía telemática
Este año, las personas designadas como miembros de mesa que no puedan ejercer como tal el día de las elecciones también pueden optar para presentar alegaciones por vía telemática, a la plataforma habilitada por la administración electoral.
Para poder alegar, los/las ciudadanos/se:
1. Tienen que acreditar su identidad mediante un certificado digital o el sistema de clave concertada Cl@ve.
2. Tienen que consignar un correo electrónico a efectos de notificación, y verificarlo a través del mensaje que recibirán a su buzón de correo electrónico.
3. A continuación, tendrán que indicar la excusa que los impide aceptar el cargo, adjuntando tanto el nombramiento como la documentación acreditativa de la excusa presentada, en formato PDF o JPG.
4. En el supuesto de que actúen en representación de un tercero, también tendrán que adjuntar la autorización correspondiente, en formato PDF o JPG.