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¿Cuáles son los órganos de gobierno de las EMD?
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¿Cuáles son las competencias de las EMD?
¿Cuáles son los órganos de gobierno de las EMD?
Los órganos de gobierno que componen las EMD son los siguientes:
- El presidente o presidenta de la EMD, que escogen directamente los vecinos de la entidad por el sistema mayoritario
- La Junta de Vecinos/as, que es como se denomina el órgano colegiado y está formado por el presidente o presidenta i por los/as vocales. El número de vocales de la junta de vecinos debe ser equivalente a un tercio de los concejales que integran el ayuntamiento del municipio de adscripción de la EMD, y se designan de conformidad con los resultados de las elecciones municipales en la sección o las secciones electorales constitutivas de la entidad. En ningún caso puede el número de vocales ser inferior a dos y, cuando sea impar, deberá añadirse un/a vocal adicional.
¿Cuáles son las competencias de las EMD?
Según lo que dispone el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, corresponden a las EMD:
- La vigilancia de los bienes de uso público y de los comunales
- La conservación y administración de su patrimonio, incluido el forestal, y la regulación del aprovechamiento de sus bienes comunales
- El alumbrado público y la limpieza viaria
- La ejecución de obras y la prestación de servicios de competencia municipal de interés exclusivo de la entidad, cuando no estén a cargo del municipio respectivo o de la comarca
- La ordenación del tráfico de vehículos y de personas en su ámbito
- La conservación y el mantenimiento de los parques y jardines y del patrimonio histórico y artístico de su ámbito
- Las actividades culturales y deportivas directamente vinculadas a la entidad
Además, el ayuntamiento del municipio de adscripción de la entidad puede delegar en ésta otras competencias municipales que permitan un ejercicio descentralizado. Asimismo, cuando la EMD se haya creado en virtud de la fusión o agregación de municipios, podrá prestar los servicios que gestionaba anteriormente el municipio extinguido.