En caso de que las personas designadas para integrar la mesa electoral tengan una discapacidad auditiva, la Administración de la Generalitat ofrece:
- Servicio gratuito de interpretación de lengua de signos, para titulares y para suplentes.
- Servicio gratuito de bucle de inducción magnética para personas usuarias de prótesis auditivas, para titulares y suplentes.
Cómo solicitarlo:
Los soportes deben solicitarse a la junta electoral de zona, por escrito y en el plazo de siete días desde la notificación de su nombramiento.
Si desea presentar excusa:
Se puede eximir de la obligación de formar parte de una Mesa electoral por la situación de discapacidad, declarada de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con discapacidad y de su inclusión social.
La aportación por el interesado de la declaración de discapacidad, de cualquier grado, será suficiente para la aceptación de la excusa por la junta electoral de zona, sin que sea necesario aportar certificado médico.